NOM-010-STPS-2014: agentes químicos del ambiente laboral en México

La NOM-010-STPS-2014 establece en México el reconocimiento, evaluación y control de agentes químicos contaminantes del ambiente laboral.

En pocas palabras

La medición debe responder a una estrategia de exposición y conducir a controles comprobados.

Contenido
  1. De los productos a la exposición
  2. Reconocimiento y estrategia de muestreo
  3. Evaluar no es comparar una cifra aislada
  4. Control y seguimiento de la salud
  5. Conceptos relacionados
  6. Referencias

Diccionario A–Z →

De los productos a la exposición

La NOM-010-STPS-2014 está vigente desde 2016 y regula contaminantes químicos del ambiente laboral en México. Su objeto no es únicamente identificar productos peligrosos, sino reconocer dónde se liberan, quién puede exponerse y cómo evaluar y controlar esa exposición. Se relaciona con la gestión de agentes químicos, incorporando requisitos propios de la normativa mexicana.

El estudio incluye agentes presentes, cantidades manejadas, estado físico e información toxicológica, acompañado de hojas de datos de seguridad. Debe actualizarse si cambian sustancias, procesos, instalaciones o equipos. Un inventario de compras puede omitir contaminantes generados durante el trabajo y no reemplaza este análisis.

Reconocimiento y estrategia de muestreo

El reconocimiento identifica fuentes, áreas, tareas, grupos de exposición homogénea y controles existentes. La selección de sustancias y personas a muestrear sigue criterios de la norma, considerando resultados anteriores o, si no existen, características de peligrosidad, cantidad y volatilidad.

Por ejemplo, medir en una oficina cercana no representa necesariamente a quien realiza una mezcla abierta durante parte de la jornada. La estrategia debe explicar por qué las muestras describen las condiciones relevantes y cómo se relacionan con el tiempo de exposición.

Evaluar no es comparar una cifra aislada

La evaluación debe realizarla un laboratorio acreditado y aprobado para el alcance correspondiente. El informe debe conservar métodos, condiciones y resultados. La interpretación utiliza los valores y criterios aplicables, incluidos los de corta duración o pico cuando corresponda, y el tratamiento estadístico previsto.

No es correcto declarar seguro un proceso por una lectura puntual baja ni trasladar automáticamente un límite extranjero. Tampoco debe asumirse que una sustancia no incluida en una tabla carece de riesgo. La selección técnica del criterio requiere revisar el caso.

Control y seguimiento de la salud

Las medidas pueden actuar sobre sustancias, procesos, emisión, dispersión y organización del trabajo. Después de implantar controles técnicos deben repetirse las mediciones para comprobar su resultado. Cuando se necesita protección respiratoria, debe integrarse en un programa con selección, ajuste, mantenimiento y formación.

La vigilancia de la salud corresponde a profesionales con experiencia adecuada y se vincula a las exposiciones. El expediente preventivo debe conectar reconocimiento, evaluación, acciones y seguimiento; acumular informes sin corregir las condiciones no completa el proceso.

Conceptos relacionados

Referencias

  1. STPS: NOM-010-STPS-2014, texto oficial. Fuente oficial
  2. Secretaría de Economía: NOM-010-STPS-2014. Fuente oficial

Información editorial

Fecha de publicación: 2 de noviembre de 2026.

Responsable editorial: Equipo editorial de Sabentis.

Autor: Pablo RodríguezLinkedIn

Vicepresidente Ejecutivo de la Fundación Internacional ORP y Chief Financial Officer de Sabentis.

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