Qué exige la Ley 7/2022
La disposición adicional decimocuarta obliga a los ayuntamientos a elaborar un censo de instalaciones y emplazamientos con amianto, acompañado de un calendario de retirada. Ambos tienen carácter público y se remiten a las autoridades autonómicas sanitarias, ambientales y laborales competentes. La ley fijó un año desde su entrada en vigor para elaborarlos; ese plazo original no vuelve a comenzar cuando un municipio inicia el inventario. El censo debe servir para planificar, no limitarse a una relación sin seguimiento.
Identificación con distinto nivel de certeza
Las directrices del Ministerio de Sanidad de junio de 2024 ofrecen una metodología no vinculante para explorar, inspeccionar y valorar los materiales. Conviene diferenciar información documental, material sospechoso y presencia confirmada, dejando constancia de lo que no se ha podido examinar. La antigüedad de una cubierta o una imagen aérea pueden orientar la búsqueda, pero no deben presentarse como un análisis completo de materiales ocultos o inaccesibles.
Priorizar con criterios explícitos
La ley ordena atender al grado de peligrosidad y a la exposición de población vulnerable. Las instalaciones o emplazamientos públicos de mayor riesgo deben estar gestionados antes de 2028; no establece que cualquier material de cualquier propiedad tenga idéntica fecha por esa sola disposición. Para fundamentar prioridades se considera estado, posible liberación de fibras, accesibilidad y uso del lugar. Un calendario útil identifica actuaciones y criterios que puedan revisarse ante nuevos hallazgos.
Ejemplo de una instalación municipal
Un edificio deportivo tiene una cubierta sospechosa y varias zonas no inspeccionadas. El censo recoge su localización, la evidencia disponible y los límites del reconocimiento. La decisión sobre prioridad requiere valorar condición y posibles alteraciones, no asumir que la falta de obras implica ausencia de riesgo. Si se programa una reforma, la identificación específica debe preceder a la intervención y abarcar los materiales que puedan afectarse.
Del inventario a la ejecución
El censo no es una inscripción empresarial en el RERA ni un plan de trabajo aprobado. Desde octubre de 2026, los trabajos afectados deben considerar el Real Decreto 847/2026 y sus transiciones. La retirada y la gestión de residuos requieren el marco preventivo y ambiental correspondiente. Las referencias laborales antiguas de una guía de 2024 deben leerse con esa actualización. La información pública se prepara respetando también las reglas aplicables de protección de datos.
