Decreto 1072 de 2015 (Colombia)

El Decreto 1072 de 2015 es el Decreto Único Reglamentario del Sector Trabajo de Colombia, expedido el 26 de mayo de 2015, que compila en un solo cuerpo normativo la reglamentación vigente en materia laboral y de riesgos laborales. En seguridad y salud en el trabajo, su Libro 2, Parte 2, Título 4, Capítulo 6 (artículos 2.2.4.6.1 a 2.2.4.6.42) recoge las disposiciones del Decreto 1443 de 2014 y define la obligación de todo empleador de implementar el Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST), basado en el ciclo de mejora continua planificar, hacer, verificar y actuar.

En pocas palabras

Norma colombiana que compila la reglamentación del sector trabajo. Su capítulo sobre el SG-SST (artículos 2.2.4.6.1 a 2.2.4.6.42) obliga a todos los empleadores a implementar un sistema de gestión basado en el ciclo planificar, hacer, verificar y actuar, con política, identificación de peligros, plan anual, indicadores, auditoría y revisión por la dirección, complementado por los estándares mínimos de la Resolución 0312 de 2019.

Contenido
  1. Qué es el Decreto 1072 de 2015
  2. Contenido esencial del capítulo del SG-SST
  3. Estructura de la participación y de la vigilancia
  4. Aplicación organizativa: cómo implantar el SG-SST
  5. Límites y errores frecuentes
  6. Ejemplo práctico
  7. Marco normativo en Colombia
  8. Conceptos relacionados
  9. En el blog
  10. Referencias

Diccionario A-Z →

Qué es el Decreto 1072 de 2015

Colombia adoptó en 2015 la técnica de los decretos únicos reglamentarios para reunir, sector por sector, la normativa reglamentaria dispersa. En el sector trabajo, el Decreto 1072 de 2015 compiló decretos anteriores sin modificar su contenido sustantivo, de modo que las obligaciones en seguridad y salud en el trabajo no nacieron con él: proceden, entre otros, del Decreto 1443 de 2014, que ya había sustituido el antiguo Programa de Salud Ocupacional por el SG-SST, y se apoyan en la Ley 1562 de 2012, que modernizó el Sistema General de Riesgos Laborales.

El capítulo 6 del título 4 es el que concentra la regulación del SG-SST. Define el sistema como un proceso lógico y por etapas, basado en la mejora continua, que incluye la política, la organización, la planificación, la aplicación, la evaluación, la auditoría y las acciones de mejora, con el objetivo de anticipar, reconocer, evaluar y controlar los riesgos que puedan afectar a la seguridad y la salud en el trabajo. Se aplica a todos los empleadores públicos y privados, a los contratantes de personal bajo cualquier modalidad, a las organizaciones de economía solidaria y a las empresas de servicios temporales.

El decreto se complementa con la Resolución 0312 de 2019 del Ministerio del Trabajo, que fija los estándares mínimos del SG-SST de forma gradual según el número de trabajadores y el nivel de riesgo de la empresa, y con normas específicas como la Resolución 1401 de 2007 sobre investigación de incidentes y accidentes de trabajo.

Contenido esencial del capítulo del SG-SST

  • Política y objetivos (artículos 2.2.4.6.5 a 2.2.4.6.7). El empleador debe establecer por escrito una política de seguridad y salud en el trabajo, fechada, firmada, comunicada y revisada al menos una vez al año, con objetivos medibles y coherentes con la evaluación de riesgos.
  • Obligaciones del empleador (artículo 2.2.4.6.8). Definir responsabilidades, asignar recursos, rendir cuentas, cumplir la normativa, gestionar los peligros y riesgos, elaborar el plan de trabajo anual, garantizar la capacitación y asegurar la participación de los trabajadores a través del COPASST o el vigía.
  • Responsabilidades de las ARL y de los trabajadores (artículos 2.2.4.6.9 y 2.2.4.6.10). Las administradoras de riesgos laborales prestan asesoría y asistencia técnica; los trabajadores deben procurar su cuidado integral, informar de las condiciones de riesgo y participar en las actividades del sistema.
  • Documentación y conservación (artículos 2.2.4.6.12 a 2.2.4.6.14). Lista de documentos mínimos (política, responsabilidades, identificación de peligros, plan anual, programa de capacitación, procedimientos, registros, matriz legal actualizada) y conservación de determinados registros durante veinte años.
  • Planificación e identificación de peligros (artículos 2.2.4.6.15 a 2.2.4.6.17). Metodología sistemática de identificación de peligros, evaluación y valoración de riesgos, actualizada al menos anualmente y tras cambios o accidentes, con evaluación inicial y plan de trabajo anual.
  • Indicadores (artículos 2.2.4.6.19 a 2.2.4.6.22). Indicadores de estructura, proceso y resultado, definidos con ficha técnica y utilizados para evaluar el sistema.
  • Gestión de peligros, cambios y contratistas (artículos 2.2.4.6.23 a 2.2.4.6.28). Jerarquía de medidas de control, prevención y respuesta ante emergencias, gestión del cambio, adquisiciones y contratación.
  • Verificación y mejora (artículos 2.2.4.6.29 a 2.2.4.6.34). Auditoría anual con participación del COPASST, revisión por la alta dirección, investigación de incidentes, accidentes y enfermedades laborales, y acciones preventivas y correctivas.

Estructura de la participación y de la vigilancia

  • COPASST y vigía. El Comité Paritario de Seguridad y Salud en el Trabajo es el órgano de participación en empresas de diez o más trabajadores; en las de menos de diez actúa un vigía de seguridad y salud en el trabajo.
  • Comité de convivencia laboral. Órgano específico para la prevención del acoso laboral, regulado por normas propias y coordinado con el SG-SST.
  • ARL. Las administradoras de riesgos laborales afilian, asesoran y prestan servicios de promoción y prevención financiados con las cotizaciones del Sistema General de Riesgos Laborales.
  • Ministerio del Trabajo. Ejerce la inspección, vigilancia y control del cumplimiento y aplica el régimen sancionador compilado en el propio decreto (artículos 2.2.4.11.1 y siguientes, procedentes del Decreto 472 de 2015).

Aplicación organizativa: cómo implantar el SG-SST

  1. Realizar la evaluación inicial del sistema con la autoevaluación de estándares mínimos de la Resolución 0312 de 2019 según el tamaño y el nivel de riesgo de la empresa.
  2. Definir y firmar la política, asignar al responsable del SG-SST con la licencia y el curso de capacitación virtual de cincuenta horas exigidos, y constituir el COPASST o designar el vigía.
  3. Identificar peligros y valorar riesgos con una metodología documentada, cubriendo todos los centros, procesos y modalidades de contratación.
  4. Elaborar el plan de trabajo anual con metas, responsables, recursos y cronograma, y el programa de capacitación con inducción y reinducción.
  5. Implantar los controles según la jerarquía, el plan de prevención y respuesta ante emergencias, la gestión del cambio y los requisitos para contratistas y proveedores.
  6. Medir los indicadores de estructura, proceso y resultado, investigar los incidentes y accidentes con el procedimiento de la Resolución 1401 de 2007 y realizar la auditoría anual.
  7. Efectuar la revisión anual por la alta dirección, documentar acciones preventivas y correctivas y presentar la autoevaluación y el plan de mejora en los plazos establecidos por la resolución de estándares mínimos.

Un software de gestión de SST permite mantener la documentación exigida, los registros con sus plazos de conservación, los indicadores con ficha técnica y la trazabilidad de auditorías y revisiones, facilitando la evidencia ante la ARL y el Ministerio del Trabajo.

Límites y errores frecuentes

  1. Tratar el decreto como una norma aislada, olvidando que remite a la Ley 1562 de 2012, a la Resolución 0312 de 2019 y a resoluciones técnicas específicas.
  2. Reducir el SG-SST a una carpeta documental sin plan de trabajo ejecutado, indicadores medidos ni revisión por la dirección.
  3. Aplicar los estándares mínimos como techo de cumplimiento, cuando el decreto exige gestionar todos los peligros identificados.
  4. Omitir la cobertura de contratistas, trabajadores en misión y otras modalidades de vinculación que la norma incluye expresamente.
  5. No cumplir los plazos de conservación de registros ni la actualización anual de la identificación de peligros.
  6. Confundir la autoevaluación de estándares mínimos con la auditoría anual del sistema, que son actividades distintas.

Esta ficha describe la estructura de la norma con carácter divulgativo; la aplicación a cada empresa debe verificarse sobre el texto vigente del decreto y de las resoluciones que lo desarrollan, que el Ministerio del Trabajo actualiza periódicamente.

Ejemplo práctico

Situación: una empresa manufacturera de Medellín con 120 trabajadores y nivel de riesgo III recibe una visita de inspección del Ministerio del Trabajo.

  • Evidencias solicitadas. Política firmada y divulgada, matriz de identificación de peligros actualizada, plan de trabajo anual con avance, actas del COPASST, programa de capacitación e investigaciones de los accidentes del último año.
  • Hallazgos. La matriz de peligros no incluía a los contratistas de mantenimiento y los indicadores de resultado carecían de ficha técnica.
  • Acciones. Actualización de la matriz con los procesos tercerizados, definición de fichas para cada indicador y revisión del plan anual por la dirección con acta.
  • Seguimiento. Autoevaluación de estándares mínimos con plan de mejora registrado en la plataforma de la ARL y verificación en la auditoría anual.

Marco normativo en Colombia

La estructura del SG-SST colombiano es coherente con el ciclo de mejora continua de la norma ISO 45001 y con el enfoque de sistemas de gestión promovido por la OIT, aunque sus obligaciones documentales y de participación tienen alcance propio. En España el marco equivalente es la Ley 31/1995 y el Real Decreto 39/1997.

Conceptos relacionados

En el blog

Referencias

  1. Función Pública, Gestor Normativo. Decreto 1072 de 2015, de 26 de mayo, por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Trabajo. 2015, texto compilado y actualizado. Fuente oficial
  2. Ministerio del Trabajo de Colombia. Decreto Único Reglamentario del Sector Trabajo, página oficial de consulta y actualización. 2015 y siguientes. Fuente oficial
  3. Función Pública, Gestor Normativo. Ley 1562 de 2012, de 11 de julio, por la cual se modifica el Sistema de Riesgos Laborales. 2012. Fuente oficial
  4. Función Pública, Gestor Normativo. Decreto 1443 de 2014, de 31 de julio, disposiciones para la implementación del SG-SST. 2014. Fuente oficial
  5. Ministerio del Trabajo de Colombia. Resolución 0312 de 2019, de 13 de febrero, estándares mínimos del SG-SST. 2019. Fuente oficial

Información editorial

Fecha de publicación: 30 de agosto de 2026.

Responsable editorial: Equipo editorial de Sabentis.

Revisión editorial por Pablo RodríguezLinkedIn

Vicepresidente Ejecutivo de la Fundación Internacional ORP y Chief Financial Officer de Sabentis.

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