Reforma laboral 2026 en Colombia: cambios vigentes (semana de 42 horas, recargo del 90%, trabajo nocturno desde las 7:00 p. m.) y su impacto en el SG-SST

La reforma laboral, Ley 2466 de 2025, entró en vigor el 25 de junio de 2025 con una aplicación escalonada que sigue avanzando en 2026. A eso se suma la jornada de 42 horas de la Ley 2101 de 2021, que completó su reducción el 15 de julio de 2026. Las búsquedas sobre cuándo empieza a regir la reforma laboral y la nueva reforma laboral 2026 reflejan la confusión. Este artículo ordena los cambios que ya rigen, los que llegan en 2027 y su impacto en el Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo.
Los cambios que ya rigen en 2026
- Trabajo nocturno desde las 7:00 p.m.: vigente desde el 25 de diciembre de 2025; el recargo nocturno del 35% se aplica desde esa hora y hasta las 6:00 a.m.
- Recargo dominical y festivo del 90%: desde el 1 de julio de 2026 (80% desde el 1 de julio de 2025) y llegará al 100% el 1 de julio de 2027.
- Jornada máxima de 42 horas semanales: desde el 15 de julio de 2026, fin de la reducción gradual de la Ley 2101 de 2021.
- Contrato a término indefinido como regla general y límites a la renovación de contratos a término fijo.
- Aprendices con contrato laboral especial y afiliados a la ARL.
- Repartidores de plataformas digitales: el Decreto 0991 de 2026, vigente desde su publicación, reglamenta la afiliación, cotización, reporte y pago de aportes de los repartidores independientes y autónomos; la cotización, la retención, el reporte y el recaudo serán exigibles solo tras doce meses desde la certificación oficial de plena operatividad tecnológica por el Ministerio de Salud.
- Protección contra la discriminación: la Sentencia C-081 de 2026 de la Corte Constitucional declaró inexequible la expresión «que no esté relacionado o influya en su ejercicio laboral» del numeral 10 del artículo 17 de la Ley 2466 de 2025.
- Trabajo libre de violencias y discriminación (artículo 18), desarrollado por el Decreto 1040 de 2026.
Impacto en el SG-SST
Turnos, fatiga y riesgo psicosocial
La jornada de 42 horas y la trabajo nocturno desde las 7 p.m. obligan a reprogramar turnos en comercio, salud, logística e industria. La programación de turnos es un factor de riesgo psicosocial (Resolución 2764 de 2022) y de fatiga: conviene actualizar la evaluación, los controles y los indicadores antes de que el cambio genere accidentes o ausentismo.
Aprendices y repartidores en la ARL
Los aprendices están vinculados mediante contrato laboral especial y deben incorporarse al SG-SST del empleador: inducción, capacitación, exámenes médicos ocupacionales, EPP, reporte de accidentes e inclusión en la matriz de peligros. Los repartidores pueden ser dependientes o independientes y autónomos; para estos últimos, el Decreto 0991 de 2026 regula afiliación, prevención, capacitación, EPP y reporte de accidentes, pero la cotización y el recaudo aún no son exigibles mientras no se cumpla el periodo de implementación tecnológica.
Contratistas y RUC
La gestión de contratistas en el SG-SST continúa rigiéndose, entre otras normas, por el artículo 2.2.4.6.28 del Decreto 1072 de 2015; la Ley 2466 de 2025 no creó una obligación general de utilizar el RUC. Las empresas con contratistas deben revisar la gestión documental, la inducción y el cumplimiento del SG-SST de sus proveedores, y el RUC cuando un cliente o sector lo exija.
Matriz legal
La matriz de requisitos legales del SG-SST debe incorporar la Ley 2466 de 2025, la Ley 2101 de 2021, el Decreto 0991 de 2026, el Decreto 1040 de 2026 y la Sentencia C-081 de 2026, con fecha de aplicación de cada disposición.
Inspección y sanciones: «Ojo a la reforma laboral»
El Ministerio del Trabajo lanzó la estrategia «Ojo a la reforma laboral» para verificar los cambios de jornada y recargos, dentro de las inspecciones sin aviso de la Resolución 4179 de 2025. Por infracciones laborales, los inspectores pueden imponer multas de 1 a 5.000 SMLMV según la gravedad. En riesgos laborales, el incumplimiento de programas y normas puede dar lugar a multas de hasta 500 SMLMV y, si un accidente mortal demuestra incumplimiento de las normas de SST, de 20 a 1.000 SMLMV, sin perjuicio de otras medidas.
Calendario resumido
- 25 de junio de 2025: entrada en vigor de la Ley 2466 de 2025.
- 1 de julio de 2025: recargo dominical del 80%.
- 25 de diciembre de 2025: trabajo nocturno desde las 7:00 p.m.
- 1 de julio de 2026: recargo dominical del 90%.
- 15 de julio de 2026: jornada de 42 horas.
- 1 de julio de 2027: recargo dominical del 100%.
Cómo ayuda Sabentis
Sabentis permite reflejar los cambios de turnos en la matriz de peligros y en los estudios psicosociales, incorporar aprendices y repartidores en la capacitación y los exámenes médicos, controlar a los contratistas y mantener la matriz legal al día. Contexto en seguridad ocupacional en Colombia.
Preguntas frecuentes
¿Cuándo empieza a regir la reforma laboral?
Rige desde el 25 de junio de 2025, con disposiciones escalonadas: recargos cada 1 de julio, trabajo nocturno desde el 25 de diciembre de 2025 y 42 horas desde el 15 de julio de 2026.
¿La reforma laboral cambia el SG-SST?
No modifica el Decreto 1072 directamente, pero cambia jornadas, colectivos cubiertos y obligaciones frente a violencias, que el SG-SST debe recoger.
¿Qué es el Decreto 0991 de 2026?
El decreto, vigente desde su publicación, que reglamenta la afiliación, cotización, reporte y pago de aportes de los repartidores digitales independientes y autónomos; sus obligaciones operativas principales serán exigibles tras doce meses desde la certificación oficial de plena operatividad tecnológica. No se identificó ninguna derogación.



