Colegio de Profesionales de la Higiene y Seguridad en el Trabajo de la Provincia de Buenos Aires

El Colegio de Profesionales de la Higiene y Seguridad en el Trabajo de la Provincia de Buenos Aires es un colegio de matriculación obligatoria creado por la Ley provincial 15.105, sancionada el 3 de diciembre de 2018. Funciona con el carácter, los derechos y las obligaciones de las personas jurídicas de derecho público no estatales, y gobierna el ejercicio profesional de la higiene y la seguridad en el trabajo en el ámbito de esa provincia argentina.

En pocas palabras

El Colegio de Profesionales de la Higiene y Seguridad en el Trabajo de la Provincia de Buenos Aires es un colegio de matriculación obligatoria creado por la Ley provincial 15.105 de 2018. Con sede en La Plata y ámbito exclusivamente provincial, gobierna y controla la matrícula, certifica dictámenes profesionales y ejerce poder disciplinario sobre sus matriculados.

Contenido
  1. Qué es el Colegio
  2. Finalidad y ámbito de actuación
  3. Funciones y principales líneas de trabajo
  4. Aportación a la seguridad y salud en el trabajo
  5. Relación con la Fundación Internacional ORP
  6. Aplicación práctica
  7. Conceptos relacionados
  8. Referencias

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Qué es el Colegio

El Colegio de Profesionales de la Higiene y Seguridad en el Trabajo de la Provincia de Buenos Aires es un colegio profesional de matriculación obligatoria, creado por la Ley provincial 15.105, sancionada el 3 de diciembre de 2018. Según su propia ley de creación, funciona con el carácter, los derechos y las obligaciones de las personas jurídicas de derecho público no estatales, lo que lo distingue tanto de un organismo de la administración pública como de una asociación profesional de afiliación voluntaria.

Su ámbito es exclusivamente provincial: rige el ejercicio profesional de la higiene y seguridad en el trabajo dentro de la Provincia de Buenos Aires, Argentina, no en el conjunto del país. Tiene su domicilio legal en la ciudad de La Plata.

Finalidad y ámbito de actuación

La finalidad del Colegio es gobernar y controlar la matrícula de los profesionales de la higiene y seguridad en el trabajo que ejercen en la Provincia de Buenos Aires, y velar por el correcto ejercicio de esa profesión en su territorio. Es la institución que, dentro de ese ámbito provincial, otorga la matrícula habilitante y ejerce el control disciplinario sobre quienes la poseen.

Funciones y principales líneas de trabajo

La Ley 15.105 atribuye al Colegio, entre otras, las siguientes funciones.

  • Gobierno y control de la matrícula. Administra el registro de profesionales habilitados para ejercer la higiene y seguridad en el trabajo en la provincia.
  • Legalización y certificación de dictámenes e informes. Da validez formal a los documentos técnicos que emiten sus matriculados.
  • Poder disciplinario. Ejerce la potestad sancionadora sobre sus matriculados ante incumplimientos de sus obligaciones profesionales y deontológicas.
  • Colaboración con las autoridades públicas. Coopera con los poderes públicos provinciales en materias relacionadas con la seguridad y la higiene laboral.
  • Elaboración de estatuto y código de ética. Dicta sus propias normas de organización interna y de conducta profesional, con un comité de ética que recibe denuncias formales.

Aportación a la seguridad y salud en el trabajo

La aportación del Colegio es la propia de un colegio profesional con potestad de matriculación: garantiza que quien ejerce como profesional de la higiene y seguridad en el trabajo en la Provincia de Buenos Aires cuente con la matrícula habilitante otorgada por esta institución, y da respaldo formal a los dictámenes técnicos que esos profesionales emiten. La colegiación obligatoria implica que el ejercicio profesional sin matrícula vigente no está habilitado en ese ámbito territorial, algo que distingue a este Colegio de una asociación profesional de afiliación voluntaria: esta última puede reunir a profesionales, formarlos y representarlos, pero no otorga ni retira la habilitación legal para ejercer.

El Colegio no sustituye al servicio de prevención de cada empresa ni a la autoridad de aplicación provincial en materia de seguridad e higiene laboral: su función es la de matriculación, control deontológico y disciplina profesional, no la de supervisión directa de las condiciones de trabajo en los centros laborales.

Relación con la Fundación Internacional ORP

El Colegio de Profesionales de la Higiene y Seguridad en el Trabajo de la Provincia de Buenos Aires integra el comité asesor institucional de la Fundación Internacional ORP con un perfil de colegio profesional de matriculación obligatoria: gobierna y controla el ejercicio de esa profesión en el ámbito provincial argentino en virtud de la Ley 15.105. Es, dentro de ese comité, una institución con potestad de control profesional que otros miembros no tienen.

Aplicación práctica

Para un técnico de prevención de riesgos laborales que quiera ejercer la higiene y seguridad en el trabajo en la Provincia de Buenos Aires, la matriculación en este Colegio es un requisito, no una opción entre otras. Para una empresa que contrata servicios de un profesional de higiene y seguridad en esa provincia, comprobar su matrícula vigente es la forma de verificar que ese profesional está habilitado para actuar, y que sus dictámenes cuentan con el respaldo institucional del Colegio.

Conceptos relacionados

  • Técnico de prevención de riesgos laborales. El perfil profesional cuyo ejercicio en la Provincia de Buenos Aires regula este Colegio mediante la matriculación.
  • Higiene industrial. Una de las dos disciplinas, junto con la seguridad, cuyo ejercicio profesional matricula el Colegio.
  • Servicio de prevención. El recurso preventivo de cada empresa, distinto de la función de matriculación y control deontológico del Colegio.
  • Cumplimiento normativo en SST. La matriculación obligatoria es una condición de cumplimiento normativo para ejercer la profesión en el ámbito provincial.

Referencias

  1. Colegio de Profesionales de la Higiene y Seguridad en el Trabajo de la Provincia de Buenos Aires. Ley provincial 15.105. Consulta: 3 de septiembre de 2026. https://cpsh.com.ar/ley-provincial/
  2. Colegio de Profesionales de la Higiene y Seguridad en el Trabajo de la Provincia de Buenos Aires. Portal institucional. Consulta: 3 de septiembre de 2026. https://cpsh.com.ar/
  3. Fundación Internacional ORP. Comité Asesor Institucional ORP. Consulta: 3 de septiembre de 2026. https://fiorp.org/comites/comite-asesor-institucional-orp/

Información editorial

Última revisión: 5 de septiembre de 2026.

Responsable editorial: Equipo editorial de Sabentis.

Primera revisión editorial por Pablo RodríguezLinkedIn

Vicepresidente Ejecutivo de la Fundación Internacional ORP y Chief Financial Officer de Sabentis.

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