Qué es la comunicación de accidentes de trabajo
Cuando ocurre un accidente de trabajo confluyen tres sistemas: el de Seguridad Social, que necesita conocer el hecho para reconocer las prestaciones de contingencia profesional; el de la autoridad laboral y la Inspección de Trabajo, que vigilan las condiciones de trabajo y las causas del daño; y el preventivo de la propia empresa, que debe investigar el accidente para evitar su repetición. La comunicación de accidentes articula los dos primeros mediante modelos y plazos normalizados, y el tercero mediante la obligación de investigar y registrar del artículo 16.3 de la Ley 31/1995.
La Orden TAS/2926/2002 aprobó los modelos vigentes: el parte de accidente de trabajo, la relación de accidentes de trabajo ocurridos sin baja médica y la relación de altas o fallecimientos de accidentados. Estableció además el sistema de Declaración Electrónica de Trabajadores Accidentados (Delt@), a través del cual se transmiten obligatoriamente los partes por vía electrónica, con acceso de la empresa, la mutua o entidad gestora, la autoridad laboral y la Inspección. En Cataluña se utiliza el sistema CoNTA con funciones equivalentes.
El parte de accidente recoge datos de la persona trabajadora, de la empresa y del centro, del lugar y las circunstancias del accidente (forma, agente material, desviación, actividad física), de la lesión y de la asistencia sanitaria, y de las consecuencias económicas. Su calidad determina la utilidad de las estadísticas oficiales de siniestralidad y la correcta calificación de la contingencia.
Obligaciones y plazos
- Parte de accidente con baja. Debe cumplimentarse y transmitirse por Delt@ en el plazo máximo de cinco días hábiles contados desde la fecha del accidente o de la baja médica. Lo remite la empresa a la mutua o entidad gestora, que lo acepta o lo devuelve para corrección.
- Relación de accidentes sin baja. Se comunica mensualmente, en los cinco primeros días hábiles del mes siguiente, la relación de accidentes ocurridos sin baja médica.
- Comunicación urgente. En los accidentes graves, muy graves, mortales o que afecten a más de cuatro trabajadores, pertenezcan o no en su totalidad a la plantilla de la empresa, esta debe comunicar el hecho a la autoridad laboral de la provincia en el plazo máximo de veinticuatro horas, además del parte ordinario. Delt@ dispone de una función específica para esta comunicación.
- Relación de altas o fallecimientos. La entidad gestora o mutua comunica mensualmente las altas y fallecimientos de las personas accidentadas.
- Accidentes de personal de ETT y en misión. La empresa usuaria debe informar a la ETT de todo accidente ocurrido a los trabajadores cedidos; el parte lo presenta la ETT como empleadora. Los accidentes en misión y los in itinere se notifican con las marcas correspondientes.
- Enfermedades profesionales. Se comunican por el sistema CEPROSS, con iniciativa del facultativo de la mutua o entidad gestora y colaboración de la empresa, conforme al Real Decreto 1299/2006 y la Orden TAS/1/2007.
Investigación y registro preventivo
- Investigación. El artículo 16.3 de la Ley 31/1995 obliga a investigar todo daño para la salud que se haya producido, para detectar sus causas y adoptar medidas. La investigación corresponde al servicio de prevención con la colaboración de los mandos y la participación de los delegados de prevención.
- Registro. El artículo 23 exige conservar la relación de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales que hayan causado una incapacidad superior a un día, a disposición de la autoridad laboral.
- Información a los representantes. Los delegados de prevención tienen derecho a conocer los daños producidos, a presentarse en el lugar de los hechos aunque sea fuera de su jornada y a recibir la información de los partes.
- Medidas. Las conclusiones de la investigación se incorporan a la evaluación de riesgos y a la planificación preventiva, con seguimiento de su ejecución.
Aplicación organizativa: cómo gestionar la comunicación
- Definir un procedimiento interno de comunicación inmediata de cualquier accidente o incidente al mando y al servicio de prevención, con un formulario de primera información.
- Asignar responsables y suplentes para la cumplimentación y el envío de los partes por Delt@, con certificados digitales vigentes y acceso a los datos de plantilla y de Seguridad Social.
- Establecer un protocolo de actuación ante accidentes graves, muy graves, mortales o múltiples: atención a las personas, aviso a la autoridad laboral en veinticuatro horas, preservación del lugar y comunicación a los representantes.
- Investigar cada accidente con un método sistemático (árbol de causas u otro), con participación de mandos y delegados de prevención, y documentar causas y medidas.
- Llevar el registro de accidentes y enfermedades profesionales con incapacidad superior a un día y conservar los partes y las investigaciones.
- Coordinar con la mutua la calificación de la contingencia y la asistencia, y con la ETT o la empresa principal en los casos de personal cedido o de contratas.
- Analizar periódicamente los datos con índices de siniestralidad y trasladar las conclusiones a la evaluación de riesgos y a la planificación.
Un software de gestión preventiva permite registrar el accidente desde la primera comunicación, controlar los plazos de notificación, documentar la investigación y las medidas y generar los índices y los informes para la dirección y los representantes.
Límites y errores frecuentes
- Superar el plazo de cinco días hábiles del parte o de veinticuatro horas de la comunicación urgente, lo que puede constituir infracción conforme a la LISOS.
- Omitir la relación mensual de accidentes sin baja o no registrar los accidentes leves, perdiendo información preventiva.
- Cumplimentar el parte con datos incompletos o codificaciones incorrectas de forma, agente y desviación.
- Notificar sin investigar, o investigar sin trasladar las conclusiones a medidas y a la evaluación de riesgos.
- No informar a los delegados de prevención ni facilitar su presencia en el lugar del accidente.
- Confundir la notificación a la mutua con la comunicación a la autoridad laboral en los accidentes graves.
Los plazos y modelos pueden actualizarse; deben consultarse las versiones vigentes en el sistema Delt@ y en la normativa aplicable.
Ejemplo práctico
Situación: un operario de una empresa de montaje sufre una fractura en el antebrazo al atraparse la mano en una cinta transportadora y es trasladado al centro asistencial de la mutua, que califica el accidente como grave.
- Primera hora. Atención sanitaria, aviso al servicio de prevención y a los delegados de prevención, preservación de la zona y recogida de testimonios.
- Veinticuatro horas. Comunicación urgente a la autoridad laboral a través de Delt@ por tratarse de un accidente grave.
- Cinco días hábiles. Cumplimentación y envío del parte de accidente con baja, aceptado por la mutua.
- Investigación y medidas. Árbol de causas que identifica la ausencia de resguardo en el punto de atrapamiento y un procedimiento de desatasco inadecuado; instalación de protección con enclavamiento, revisión del procedimiento, formación y actualización de la evaluación de riesgos, con registro en el sistema de gestión.
Marco normativo en España
- Orden TAS/2926/2002, de 19 de noviembre. Modelos de parte de accidente de trabajo, relación de accidentes sin baja y sistema Delt@.
- Ley 31/1995, artículos 16.3, 23 y 36. Investigación de daños a la salud, documentación y derechos de los delegados de prevención.
- Real Decreto Legislativo 8/2015, Ley General de la Seguridad Social, artículo 156. Concepto de accidente de trabajo.
- Real Decreto Legislativo 5/2000, Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social, artículos 11 y 12. Infracciones por incumplimiento de las obligaciones de notificación y registro.
- Real Decreto 1299/2006, de 10 de noviembre. Cuadro de enfermedades profesionales y criterios para su notificación y registro.
En Colombia, la Resolución 156 de 2005 y el Decreto 1072 de 2015 regulan el reporte de accidentes de trabajo a la ARL dentro de los dos días hábiles siguientes; en otros países existen sistemas equivalentes de notificación electrónica.
