Osalan, Instituto Vasco de Seguridad y Salud Laborales

Osalan, Instituto Vasco de Seguridad y Salud Laborales, es un organismo autónomo administrativo de la Comunidad Autónoma del País Vasco, creado por la Ley 7/1993, de 21 de diciembre, modificada por la Ley 10/1997. Su finalidad legal es gestionar las políticas de seguridad, higiene, medio ambiente y salud laborales de los poderes públicos vascos.

En pocas palabras

Osalan es el organismo autónomo de la Comunidad Autónoma del País Vasco encargado de las políticas de seguridad, higiene y salud laborales, con sede en Barakaldo. Su ley de creación es anterior a la Ley 31/1995 estatal. No tiene potestad sancionadora: sus funciones son de formación, documentación, investigación, asesoramiento técnico y medicina del trabajo.

Contenido
  1. Qué es Osalan
  2. Finalidad legal y ámbito de actuación
  3. Áreas de trabajo
  4. Aportación a la seguridad y salud en el trabajo
  5. Relación con la Fundación Internacional ORP
  6. Aplicación práctica
  7. Conceptos relacionados
  8. Referencias

Organizaciones →

Qué es Osalan

Osalan es un organismo autónomo administrativo de la Comunidad Autónoma del País Vasco, creado por la Ley 7/1993, de 21 de diciembre, y modificado posteriormente en su composición por la Ley 10/1997, de 27 de junio. Su ley de creación es anterior a la Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales estatal, lo que sitúa a Osalan entre los primeros institutos autonómicos de seguridad laboral constituidos en España.

No es una empresa pública, ni una mutua, ni un centro de investigación privado. Es una entidad de derecho público que ejerce funciones técnicas de la Administración vasca en el ámbito de la prevención, sin capacidad para inspeccionar centros de trabajo ni para imponer sanciones.

Su sede se encuentra en Barakaldo (Bizkaia), en el Camino de la Dinamita, en el monte Basatxu, y desde allí despliega su actividad para el conjunto del territorio de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

La ley que crea Osalan le atribuye la finalidad de gestionar las políticas de seguridad, higiene, medio ambiente y salud laborales de los poderes públicos vascos, eliminando en origen o reduciendo, en su caso, las causas de los riesgos inherentes al medio ambiente de trabajo. Esta formulación legal sitúa a Osalan explícitamente en el marco de la prevención en origen, principio que después recogería de forma general la Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales estatal.

Su ámbito de actuación es el territorio de la Comunidad Autónoma del País Vasco. Como ocurre con otros institutos autonómicos, convive con el Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo (INSST) de ámbito estatal, dentro de la arquitectura española que transfiere a las comunidades autónomas la ejecución territorial de la política preventiva.

Áreas de trabajo

  • Formación en materia preventiva dirigida a empresas, personas trabajadoras y técnicos de prevención.
  • Documentación técnica, con recursos y materiales informativos sobre seguridad y salud laboral.
  • Investigación en seguridad y salud en el trabajo.
  • Asesoramiento técnico a empresas, servicios de prevención y personas trabajadoras.
  • Medicina del trabajo, como una de sus áreas específicas de actividad.

Aportación a la seguridad y salud en el trabajo

Osalan aporta al sistema preventivo vasco una estructura propia y estable de apoyo técnico, con una trayectoria que arranca antes de la propia Ley 31/1995 estatal. Esa antigüedad relativa explica que su ley fundacional incorporase ya de forma explícita el principio de eliminación del riesgo en origen, un enfoque que después se generalizaría en la normativa española.

Su aportación es de naturaleza técnica y divulgativa: formación, documentación, investigación y asesoramiento. No dicta normativa de obligado cumplimiento ni sustituye a la Inspección de Trabajo y Seguridad Social en su función de control y sanción.

Relación con la Fundación Internacional ORP

Osalan integra el comité asesor institucional de la Fundación Internacional ORP como organismo autonómico del País Vasco, creado por la Ley 7/1993. Esa pertenencia no traslada competencias fuera del ámbito vasco ni implica un convenio específico con la Fundación distinto de la participación en ese órgano consultivo, en el que coincide con instituciones públicas y privadas de otros países.

Aplicación práctica

Para una empresa o un servicio de prevención con actividad en el País Vasco, Osalan es el punto de referencia para solicitar asesoramiento técnico, acceder a documentación específica o participar en actividades formativas propias del instituto. Su área de medicina del trabajo la distingue de otros institutos autonómicos que no cuentan con esa función específica dentro de su estructura.

Como ante cualquier otro instituto autonómico, un requerimiento de cumplimiento normativo o un procedimiento sancionador corresponde a la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, no a Osalan.

Conceptos relacionados

Referencias

  1. Osalan. Inicio. Consulta: 3 de septiembre de 2026. https://www.osalan.euskadi.eus/inicio/
  2. Jefatura del Estado. Ley 10/1997, de 27 de junio, de modificación de la Ley de creación de Osalan, Instituto Vasco de Seguridad y Salud Laborales. BOE. Consulta: 3 de septiembre de 2026. https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2012-417
  3. Fundación Internacional ORP. Comité Asesor Institucional ORP. Consulta: 3 de septiembre de 2026. https://fiorp.org/comites/comite-asesor-institucional-orp/

Información editorial

Última revisión: 5 de septiembre de 2026.

Responsable editorial: Equipo editorial de Sabentis.

Primera revisión editorial por Pablo RodríguezLinkedIn

Vicepresidente Ejecutivo de la Fundación Internacional ORP y Chief Financial Officer de Sabentis.

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