Qué es un espacio confinado
La definición se basa en tres características que deben concurrir: el espacio es lo bastante grande para que una persona entre y realice un trabajo, tiene medios de acceso y salida limitados o difíciles, y no está diseñado para ser ocupado de forma continuada. A ellas se añade la posibilidad de una atmósfera peligrosa por deficiencia o exceso de oxígeno, por presencia de gases o vapores tóxicos o por inflamabilidad, y otros riesgos como el engullimiento por materiales a granel, la inundación, el atrapamiento por partes móviles, la electrocución, las caídas y el calor.
Los accidentes en espacios confinados tienen dos rasgos que los distinguen: son con frecuencia mortales, y con frecuencia mueren varias personas, porque quienes intentan rescatar a la primera víctima entran sin protección y sufren el mismo daño. La atmósfera peligrosa puede formarse por el propio contenido anterior del recinto (fermentación, descomposición, restos de productos), por el trabajo que se realiza (soldadura, pintura, limpieza con disolventes) o por infiltraciones desde el exterior, y puede cambiar durante la intervención.
En la normativa española no existe un reglamento específico de espacios confinados. La obligación deriva de la Ley 31/1995 (evaluación, planificación, formación, medidas de emergencia), del Real Decreto 486/1997 sobre lugares de trabajo, del Real Decreto 374/2001 sobre agentes químicos, del Real Decreto 681/2003 sobre atmósferas explosivas y de las disposiciones sobre recurso preventivo, que consideran los trabajos en espacios confinados entre las actividades que exigen su presencia. El INSST ha desarrollado los criterios técnicos en la NTP 223 y en documentos posteriores.
Riesgos principales
- Deficiencia de oxígeno. Por consumo (oxidación, combustión, fermentación), desplazamiento por otros gases o absorción; por debajo del 19,5 por ciento de oxígeno se considera atmósfera deficiente, y la pérdida de conciencia puede ser inmediata a concentraciones bajas.
- Atmósferas tóxicas. Sulfuro de hidrógeno en alcantarillas y fosas, monóxido de carbono por combustión, dióxido de carbono por fermentación, vapores de disolventes y productos de limpieza, restos del contenido anterior.
- Atmósferas inflamables o explosivas. Vapores de combustibles, gases de fermentación, polvos combustibles; cualquier fuente de ignición puede provocar la explosión.
- Enriquecimiento de oxígeno. Por fugas de equipos de oxicorte; aumenta la inflamabilidad de ropa y materiales.
- Riesgos físicos. Engullimiento en silos, inundación en pozos y colectores, atrapamiento por agitadores o cintas, caídas en el acceso, calor y humedad, ruido amplificado, electrocución en recintos húmedos.
Procedimiento de trabajo
- Identificación e inventario de los espacios confinados del centro, con señalización y control de acceso.
- Evaluación específica de cada intervención: contenido anterior, trabajos a realizar, atmósfera previsible, medios de acceso, comunicación y rescate.
- Permiso de entrada emitido por una persona autorizada, que recoge las condiciones, las mediciones, las medidas y las personas implicadas, con validez limitada en el tiempo.
- Aislamiento y consignación: cierre y bloqueo de tuberías, válvulas y alimentaciones eléctricas y mecánicas; vaciado, limpieza y purga.
- Medición de la atmósfera antes de entrar y en continuo durante el trabajo, con detector calibrado de oxígeno, gases inflamables y tóxicos previsibles, midiendo a distintas alturas.
- Ventilación forzada previa y durante la intervención; la ventilación no sustituye la medición.
- Vigilancia exterior permanente por una persona formada que no entra en ningún caso, mantiene comunicación y activa el rescate.
- Equipos: arnés con línea de rescate y trípode o dispositivo equivalente, protección respiratoria adecuada (aislante cuando la atmósfera no es respirable o es incierta), iluminación y herramientas antideflagrantes cuando proceda.
- Plan de rescate probado, con medios propios o coordinados con los servicios de emergencia; el rescate sin entrar es siempre la primera opción.
- Cierre del permiso, retirada de equipos y registro de la intervención.
Aplicación organizativa
- Procedimiento escrito. Aprobado por la dirección, con definición de espacios, roles (persona autorizante, entrante, vigilante, rescatador), modelo de permiso y equipos.
- Formación específica. Teórica y práctica para entrantes y vigilantes, incluido el uso de detectores, protección respiratoria y técnicas de rescate; reciclaje periódico.
- Equipos. Detectores calibrados y verificados, equipos de rescate revisados, protección respiratoria adecuada al riesgo y mantenida.
- Contratas. La mayoría de las intervenciones las realizan empresas externas; la coordinación de actividades empresariales debe garantizar que conocen el recinto, aplican el procedimiento y disponen de medios de rescate.
- Recurso preventivo. Presencia obligatoria cuando el trabajo se califica como de especial riesgo, con capacidad para paralizar la intervención.
Límites y errores frecuentes
- Entrar sin medir, o medir solo al inicio y no durante el trabajo, cuando la atmósfera puede cambiar en minutos.
- Confiar en la ventilación o en la ausencia de olor como indicador de seguridad.
- Intentar el rescate entrando sin protección respiratoria: es la causa de la mayoría de las muertes múltiples.
- Utilizar mascarillas con filtro en atmósferas con deficiencia de oxígeno o de composición desconocida, donde solo protege un equipo aislante.
- No aislar las alimentaciones, con lo que el recinto puede llenarse o los elementos móviles ponerse en marcha durante la intervención.
- Considerar que un recinto pequeño, abierto o de intervención breve no es un espacio confinado y omitir el procedimiento.
El criterio de oxígeno del 19,5 por ciento y los valores de referencia para gases tóxicos e inflamables deben tomarse de la documentación técnica actualizada del INSST y de los límites de exposición profesional vigentes, y adaptarse a cada intervención.
Ejemplo práctico
Situación: una empresa de aguas debe limpiar un colector de saneamiento de sección visitable tras una obstrucción.
- Evaluación. Riesgo de sulfuro de hidrógeno y metano por descomposición, deficiencia de oxígeno, inundación por lluvia y caída en el acceso por pozo de registro.
- Permiso y aislamiento. Permiso de entrada con validez para la jornada; consulta de la previsión meteorológica y compuerta aguas arriba cerrada y consignada; señalización en superficie.
- Medición y ventilación. Ventilación forzada durante treinta minutos, medición a tres alturas antes de entrar y detector personal en continuo con alarma; equipo aislante de escape para cada entrante.
- Equipo y rescate. Dos entrantes con arnés y línea de rescate unida a trípode con cabrestante, vigilante exterior con comunicación y recurso preventivo; plan de rescate coordinado con el servicio de emergencias.
- Cierre. Salida, retirada de equipos, cierre del permiso y registro de las mediciones para futuras intervenciones.
Marco normativo y referencias técnicas en España
- Ley 31/1995, artículos 16, 20 y 32 bis. Evaluación y planificación, medidas de emergencia y presencia de recursos preventivos.
- Real Decreto 39/1997, artículo 22 bis. Presencia de recursos preventivos en actividades de especial riesgo, entre ellas los trabajos en espacios confinados.
- Real Decreto 374/2001. Evaluación y control de agentes químicos, incluidas las atmósferas peligrosas.
- Real Decreto 681/2003. Protección frente a los riesgos derivados de atmósferas explosivas en el lugar de trabajo.
- NTP 223: Trabajos en recintos confinados (INSST). Definición, riesgos y medidas preventivas de referencia.
En Estados Unidos, la norma OSHA 29 CFR 1910.146 sobre espacios confinados que requieren permiso es una referencia internacional habitual, sin vigencia en España. En Colombia, la Resolución 0491 de 2020 regula los trabajos en espacios confinados.
