Seguridad en máquinas

La seguridad en máquinas es el conjunto de requisitos de diseño, fabricación, comercialización, instalación, utilización y mantenimiento que garantizan que una máquina no genere riesgos inaceptables para las personas. En la Unión Europea se articula en dos planos: el del fabricante, regulado por la Directiva 2006/42/CE (transpuesta en España por el Real Decreto 1644/2008) y, a partir de su fecha de aplicación, por el Reglamento (UE) 2023/1230, que exigen el cumplimiento de requisitos esenciales de seguridad y salud, la evaluación de la conformidad y el marcado CE; y el del empresario usuario, regulado por el Real Decreto 1215/1997, que obliga a utilizar equipos adecuados, adaptados, mantenidos y comprobados.

En pocas palabras

Requisitos de diseño, comercialización, utilización y mantenimiento que evitan que las máquinas generen riesgos inaceptables. Dos planos: el fabricante (Directiva 2006/42/CE y Real Decreto 1644/2008, sustituidos por el Reglamento (UE) 2023/1230 a partir del 20 de enero de 2027) con requisitos esenciales, evaluación de conformidad y marcado CE; y el usuario (Real Decreto 1215/1997) con equipos adecuados, comprobados, mantenidos y personal formado.

Contenido
  1. Qué es la seguridad en máquinas
  2. El nuevo Reglamento (UE) 2023/1230
  3. Medidas de protección en máquinas
  4. Aplicación organizativa: cómo gestionar la seguridad de las máquinas
  5. Límites y errores frecuentes
  6. Ejemplo práctico
  7. Marco normativo en España y la Unión Europea
  8. Conceptos relacionados
  9. Referencias

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Qué es la seguridad en máquinas

Las máquinas concentran energías mecánicas, eléctricas, hidráulicas, neumáticas y térmicas que pueden producir atrapamientos, aplastamientos, cortes, proyecciones, quemaduras, contactos eléctricos y exposición a ruido, vibraciones o sustancias. La seguridad en máquinas parte de un principio de integración: los riesgos deben eliminarse o reducirse en el diseño, después mediante protección (resguardos y dispositivos de protección) y finalmente mediante información al usuario, en ese orden. La normativa técnica lo formula en la norma UNE-EN ISO 12100, que describe el proceso de apreciación y reducción del riesgo.

El fabricante debe realizar la evaluación de riesgos de la máquina, cumplir los requisitos esenciales del anexo I de la Directiva 2006/42/CE, elaborar el expediente técnico, redactar el manual de instrucciones, firmar la declaración CE de conformidad y colocar el marcado CE. Para determinadas máquinas de mayor riesgo (anexo IV) la evaluación de la conformidad exige la intervención de un organismo notificado o la aplicación de normas armonizadas que cubran todos los requisitos.

El empresario que utiliza la máquina debe verificar que dispone de marcado CE, declaración y manual, instalarla y utilizarla según las instrucciones, mantenerla, realizar comprobaciones y formar a los usuarios. Las máquinas anteriores a 1995 o modificadas sustancialmente requieren un análisis específico: las primeras deben cumplir el anexo I del Real Decreto 1215/1997 y las segundas pueden convertirse en máquinas nuevas a efectos de la normativa de comercialización.

El nuevo Reglamento (UE) 2023/1230

  • Naturaleza y aplicación. Reglamento directamente aplicable en todos los Estados miembros, que sustituye a la Directiva 2006/42/CE y se aplica, con carácter general, a partir del 20 de enero de 2027; hasta entonces sigue vigente la directiva y el Real Decreto 1644/2008.
  • Novedades principales. Ampliación a los productos relacionados y a las modificaciones sustanciales, requisitos sobre ciberseguridad y sistemas con comportamiento autoevolutivo (aprendizaje automático), posibilidad de instrucciones en formato digital con condiciones, y nueva lista de máquinas de alto riesgo en el anexo I que exige la evaluación por tercero para algunas categorías.
  • Obligaciones de los operadores económicos. Fabricantes, representantes autorizados, importadores y distribuidores con obligaciones diferenciadas de trazabilidad, información y cooperación con las autoridades de vigilancia del mercado.
  • Continuidad de los principios. Se mantienen los requisitos esenciales de seguridad y salud, el marcado CE, la declaración de conformidad y el papel de las normas armonizadas.

Medidas de protección en máquinas

  • Resguardos. Fijos, móviles con enclavamiento o bloqueo, regulables y autorregulables, dimensionados según las distancias de seguridad de las normas técnicas.
  • Dispositivos de protección. Mandos a dos manos, barreras inmateriales, alfombras sensibles, dispositivos de validación y de parada de emergencia, con nivel de prestaciones o integridad adecuados a la función de seguridad.
  • Órganos de accionamiento y mando. Visibles, identificables, accionamiento seguro de la puesta en marcha, parada general y de emergencia, prevención de la puesta en marcha intempestiva.
  • Energías y mantenimiento. Separación y disipación de energías, consignación (bloqueo y etiquetado), modos de funcionamiento con protecciones reducidas para ajuste y mantenimiento bajo condiciones controladas.
  • Información y formación. Manual de instrucciones, señalización, advertencias en la máquina y formación específica de operadores y mantenedores.

Aplicación organizativa: cómo gestionar la seguridad de las máquinas

  1. Inventariar todas las máquinas con fecha de puesta en servicio, marcado CE, declaración de conformidad, manual y modificaciones realizadas.
  2. Evaluar cada máquina frente al anexo I del Real Decreto 1215/1997 y a los riesgos de su utilización real, incluyendo ajustes, limpieza y mantenimiento.
  3. Adecuar las máquinas anteriores a 1995 o sin marcado con resguardos y dispositivos conformes, documentando la adecuación.
  4. Establecer el procedimiento de compra de máquinas con requisitos de seguridad, recepción y comprobación inicial antes de la puesta en servicio.
  5. Definir los procedimientos de consignación, permisos y modos de mantenimiento, y formar a operadores y mantenedores en cada máquina.
  6. Planificar las comprobaciones periódicas de dispositivos de seguridad y registrar los resultados.
  7. Gestionar las modificaciones de máquinas como cambios con evaluación previa, y analizar si constituyen modificación sustancial.

Un software de gestión preventiva permite mantener el inventario de máquinas con su documentación, comprobaciones, formación asociada y permisos de trabajo, y enlazarlo con la evaluación de riesgos y la gestión del cambio.

Límites y errores frecuentes

  1. Suponer que el marcado CE garantiza la seguridad en cualquier condición de uso; el usuario debe evaluar la utilización concreta.
  2. Anular o puentear resguardos y dispositivos de protección para ganar productividad o facilitar ajustes.
  3. Modificar máquinas sin evaluar si la modificación es sustancial y sin actualizar la documentación.
  4. Intervenir en máquinas en marcha o sin consignación de energías durante el mantenimiento.
  5. Confundir la normativa de comercialización (fabricante) con la de utilización (empresario).
  6. Aplicar el Reglamento (UE) 2023/1230 antes de su fecha de aplicación o ignorar su régimen transitorio.

Los requisitos concretos de cada máquina dependen de su tipo, de las normas armonizadas aplicables y de la evaluación de riesgos, y deben verificarse con técnicos competentes.

Ejemplo práctico

Situación: una empresa de embalaje adquiere una línea de paletizado automatizada e integra en ella un robot y una envolvedora de otro fabricante.

  • Comercialización. La integración de máquinas de distintos fabricantes constituye un conjunto de máquinas; el integrador asume las obligaciones de fabricante del conjunto: evaluación de riesgos, expediente técnico, marcado CE y declaración de conformidad.
  • Utilización. Comprobación inicial antes de la puesta en servicio, procedimiento de acceso a la celda con enclavamientos, consignación para mantenimiento y formación de operadores.
  • Protección. Vallado perimetral con puertas enclavadas, barreras inmateriales en los puntos de entrada de palés y parada de emergencia accesible.
  • Seguimiento. Comprobación periódica de las funciones de seguridad y registro de intervenciones en el sistema de gestión.

Marco normativo en España y la Unión Europea

Las normas técnicas armonizadas (series UNE-EN ISO 12100, UNE-EN ISO 13849, UNE-EN ISO 13857, entre otras) otorgan presunción de conformidad con los requisitos esenciales cuando se aplican íntegramente.

Conceptos relacionados

Referencias

  1. Boletín Oficial del Estado. Real Decreto 1644/2008, de 10 de octubre, por el que se establecen las normas para la comercialización y puesta en servicio de las máquinas. 2008, texto consolidado vigente. Fuente oficial
  2. Unión Europea. Reglamento (UE) 2023/1230 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 14 de junio de 2023, relativo a las máquinas. 2023. Fuente oficial
  3. Unión Europea. Directiva 2006/42/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de mayo de 2006, relativa a las máquinas. 2006. Fuente oficial
  4. Boletín Oficial del Estado. Real Decreto 1215/1997, de 18 de julio, utilización de los equipos de trabajo. 1997, texto consolidado vigente. Fuente oficial
  5. Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo. Guía técnica para la evaluación y prevención de los riesgos relativos a la utilización de los equipos de trabajo. Edición vigente. Fuente oficial

Información editorial

Fecha de publicación: 30 de agosto de 2026.

Responsable editorial: Equipo editorial de Sabentis.

Revisión editorial por Pablo RodríguezLinkedIn

Vicepresidente Ejecutivo de la Fundación Internacional ORP y Chief Financial Officer de Sabentis.

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