Prevención de riesgos laborales (PRL)

La prevención de riesgos laborales (PRL) reúne las actividades o medidas adoptadas o previstas para evitar o disminuir los riesgos derivados del trabajo. Su finalidad es proteger anticipadamente la seguridad y la salud mediante decisiones técnicas, organizativas, formativas y de vigilancia.

En pocas palabras

La prevención de riesgos laborales (PRL) integra la seguridad y la salud en la gestión cotidiana de la empresa. La prevención de riesgos laborales (PRL) comienza evitando los riesgos y, cuando no es posible, evaluándolos, controlándolos y comprobando las medidas.

Contenido
  1. Qué es la prevención de riesgos laborales
  2. Diferencias con conceptos relacionados
  3. Principios de la acción preventiva
  4. Cómo se aplica en una organización
  5. Participación y coordinación
  6. Ejemplo práctico
  7. Marco normativo
  8. Conceptos relacionados
  9. En el blog
  10. Referencias

Diccionario A-Z →

Qué es la prevención de riesgos laborales

La definición legal española, recogida en el artículo 4 de la Ley 31/1995, pone el acento en la anticipación: reúne las medidas ya adoptadas y también las previstas para todas las fases de la actividad empresarial. No se limita a reaccionar después de un accidente ni a entregar equipos de protección. Debe influir en la elección de equipos, el diseño de los lugares, la organización de las tareas, las compras, el mantenimiento y los cambios de proceso.

La prevención persigue eliminar los riesgos evitables y reducir los restantes hasta un nivel compatible con una protección eficaz. Combina conocimiento técnico, organización y participación. La responsabilidad de protección corresponde a la empresa, pero mandos, personal trabajador, representantes y recursos preventivos intervienen dentro de sus funciones. El coste de las medidas nunca puede recaer sobre las personas trabajadoras.

Diferencias con conceptos relacionados

  • Seguridad y salud en el trabajo (SST). Es el ámbito amplio que busca prevenir lesiones y deterioros de la salud y promover condiciones de trabajo seguras y saludables. La PRL es la forma habitual de nombrar en España el conjunto organizado de actividades y medidas para alcanzar ese fin.
  • Riesgo laboral. Es la posibilidad de que una persona sufra un daño derivado del trabajo. La PRL actúa sobre ese riesgo antes de que se materialice.
  • Evaluación de riesgos. Es uno de los instrumentos esenciales de la gestión preventiva: estima los riesgos que no han podido evitarse y permite decidir prioridades. No equivale a toda la prevención.
  • Gestión preventiva. Integra la PRL en el sistema general de la empresa mediante responsabilidades, procedimientos, recursos y seguimiento.
  • Medidas correctivas. Responden a una desviación, incidente o daño detectado. La prevención es más amplia: incluye también medidas adoptadas antes de que aparezca el problema.

Principios de la acción preventiva

El artículo 15 de la Ley 31/1995 establece una secuencia que orienta las decisiones. Primero se evitan los riesgos; los que no puedan evitarse se evalúan. Después se combaten en su origen, se adapta el trabajo a la persona y se tiene en cuenta la evolución de la técnica. La empresa debe sustituir lo peligroso por lo que entrañe poco o ningún peligro, planificar la prevención de manera coherente y dar prioridad a la protección colectiva frente a la individual. Finalmente, debe proporcionar instrucciones adecuadas.

Estos principios impiden elegir medidas solo por comodidad. Ante polvo peligroso, por ejemplo, la primera opción no debería ser una mascarilla si es viable eliminar el producto, sustituirlo o captar el contaminante en el punto de emisión. El equipo de protección individual queda como última barrera o complemento. La planificación también debe considerar las capacidades profesionales, las posibles distracciones no temerarias y la exposición de personas especialmente sensibles.

Cómo se aplica en una organización

  1. Definir la política y la organización. El plan de prevención asigna funciones, responsabilidades, recursos y cauces de participación e integra la PRL en todos los niveles.
  2. Identificar y evaluar. Se analizan puestos, tareas, instalaciones, equipos y grupos expuestos. La evaluación debe actualizarse cuando cambien las condiciones o los daños indiquen que las medidas pueden ser insuficientes.
  3. Planificar las medidas. Cada acción necesita prioridad, responsable, plazo y recursos. Deben abordarse antes los riesgos de mayor magnitud y mantenerse controles periódicos.
  4. Informar, consultar y formar. Las personas necesitan conocer los riesgos de su puesto, las medidas y la actuación en emergencia; la formación debe ser suficiente, práctica y vinculada al trabajo real.
  5. Preparar emergencias y vigilar la salud. Se organizan primeros auxilios, lucha contra incendios y evacuación, y se ofrece vigilancia de la salud relacionada con los riesgos, respetando confidencialidad y proporcionalidad.
  6. Investigar y mejorar. Accidentes, incidentes, resultados de vigilancia y deficiencias activan una revisión causal. Después se comprueba si las acciones implantadas funcionan.

Participación y coordinación

La prevención eficaz parte del trabajo real. La Ley 31/1995 reconoce derechos de información, consulta y participación, canalizados también mediante delegados de prevención y comités de seguridad y salud cuando corresponda. La consulta debe ser previa a decisiones que puedan afectar sustancialmente a la seguridad y la salud, como cambios de equipos, organización o tecnologías.

Cuando coinciden varias empresas en un centro, la prevención exige cooperación, información y medios de coordinación adecuados. Cada empresa mantiene sus responsabilidades y debe evitar que su actividad cree peligros para las demás. La coordinación debe traducir la información en instrucciones, controles y decisiones verificables.

Ejemplo práctico

Una empresa instala una nueva línea de envasado. Antes de ponerla en servicio, revisa el diseño, elimina puntos de atrapamiento accesibles y selecciona resguardos integrados. Evalúa los riesgos residuales de puesta en marcha, limpieza y mantenimiento; define procedimientos de consignación; forma a operadores y personal técnico; y señaliza solo lo que no ha podido resolverse mediante diseño o protección colectiva.

Durante las primeras semanas registra incidencias y consulta a quienes utilizan la línea. Una parada imprevista muestra que una operación de desatasco obliga a adoptar una postura forzada. La empresa modifica el acceso y actualiza la evaluación. Este ciclo muestra que la PRL no es un documento estático: acompaña la compra, la implantación, el uso, el mantenimiento y la mejora del equipo.

Marco normativo

En España, la Ley 31/1995 reconoce el derecho a una protección eficaz y fija obligaciones, principios y derechos de participación. Su artículo 16 sitúa el plan de prevención, la evaluación de riesgos y la planificación preventiva en el centro de la gestión. El Real Decreto 39/1997 desarrolla la organización de los recursos preventivos, el procedimiento de evaluación, la planificación y las modalidades de servicio de prevención. Normas específicas completan este marco para lugares de trabajo, equipos, agentes químicos, ruido, ergonomía y otros riesgos.

En la Unión Europea, la Directiva 89/391/CEE constituye el marco general y establece responsabilidades de evaluación, prevención, información, formación y consulta, desarrolladas por directivas particulares. En el plano internacional, el Convenio 155 de la OIT promueve una política coherente de seguridad y salud dirigida a prevenir accidentes y daños relacionados con el trabajo. Estos instrumentos fijan mínimos y principios; cada organización debe concretarlos según sus riesgos reales.

Conceptos relacionados

En el blog

Referencias

  1. Boletín Oficial del Estado. Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales. Texto consolidado. 1995. Fuente oficial
  2. Boletín Oficial del Estado. Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, Reglamento de los Servicios de Prevención. Texto consolidado. 1997. Fuente oficial
  3. Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo. Gestión de la prevención. 2026. Fuente oficial
  4. Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo. Directrices para la gestión preventiva en las pymes. 2018. Fuente oficial
  5. Unión Europea. Directiva 89/391/CEE relativa a la aplicación de medidas para promover la mejora de la seguridad y de la salud de los trabajadores en el trabajo. 1989. Fuente oficial
  6. Organización Internacional del Trabajo. Convenio sobre seguridad y salud de los trabajadores, 1981 (núm. 155). 1981. Fuente oficial

Información editorial

Fecha de publicación: 29 de agosto de 2026.

Responsable editorial: Equipo editorial de Sabentis.

Revisión editorial por Pablo RodríguezLinkedIn

Vicepresidente Ejecutivo de la Fundación Internacional ORP y Chief Financial Officer de Sabentis.

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