Uniforme y ropa de protección
El artículo 2 del RD 773/1997 excluye de la definición de EPI la ropa corriente y los uniformes que no estén específicamente destinados a proteger la salud o integridad. La finalidad protectora y las prestaciones documentadas son determinantes.
Existen prendas para riesgos distintos: químicos, térmicos, frío o visibilidad, entre otros. No son intercambiables. Que una prenda proteja de una exposición no significa que proteja de todas las demás ni que resulte adecuada para cualquier duración o intensidad.
Qué hace la ropa de alta visibilidad
La NTP 1219 del INSST explica su función de señalizar visualmente al usuario en situaciones de riesgo de atropello. Combina materiales y diseño para facilitar la detección con luz diurna y cuando es iluminada por faros en la oscuridad.
La selección depende de la evaluación: velocidad, tráfico, tarea, posición de la persona, iluminación, meteorología y entorno. No debe reducirse a elegir el chaleco más llamativo. La ropa tampoco sustituye separación de recorridos, organización de maniobras o control de accesos.
Prestaciones, clase y conjunto de prendas
Las clases de alta visibilidad están relacionadas con requisitos de diseño y superficies mínimas de materiales. Debe comprobarse si la clase declarada corresponde a una prenda sola o a una combinación. Si necesita dos piezas, llevar únicamente una puede no mantener la protección prevista.
Conviene revisar marcado, talla, instrucciones y documentación del modelo. Las prestaciones de la ropa frente a otros riesgos también requieren comprobación específica; un pictograma no debe interpretarse sin conocer sus niveles y limitaciones. Las condiciones de uso deben corresponder a las evaluadas en el puesto.
Talla y compatibilidad durante la tarea
El artículo 5 del RD 773/1997 exige adecuación al portador y compatibilidad entre equipos. La ropa debe permitir movimientos y mantenerse colocada como indica el fabricante. Una prenda abierta, cubierta por otra o modificada puede perder parte de su función.
Hay que considerar comodidad térmica, trabajo físico y otros EPI. El ajuste no debe crear enganches ni limitar movimientos necesarios. La prueba en el puesto ayuda a detectar problemas que no se aprecian al revisar una ficha comercial.
Lavado, desgaste y personalización
El mantenimiento debe seguir las instrucciones del fabricante. Suciedad, decoloración, daño de bandas o alteración de materiales pueden reducir prestaciones. El número máximo de ciclos de limpieza, cuando se declara, no garantiza por sí solo la vida útil: también influyen uso, almacenamiento y deterioro.
El INSST advierte sobre modificaciones de superficie visible o disposición de bandas. Logos, dobladillos o reparaciones por iniciativa propia pueden alterar el diseño protector. Debe consultarse su admisibilidad y retirarse una prenda cuando deje de cumplir las condiciones previstas.
Información y comprobación del uso
Los artículos 15 y 17 de la LPRL sitúan el EPI dentro de las medidas preventivas, priorizando la protección colectiva. El artículo 8 del RD 773/1997 exige explicar antes del uso los riesgos cubiertos, cuándo utilizarlo y cómo mantenerlo.
La persona debe conocer qué comprobar, cómo comunicar deterioros y cómo obtener una sustitución. La empresa debe revisar que el sistema de limpieza no deje al equipo sin prendas adecuadas y que los cambios de tarea o estación no introduzcan incompatibilidades.
Ejemplo hipotético: reparto en un patio logístico
Un centro necesita que las personas que trabajan en un patio sean detectadas por los conductores. Evalúa recorridos, maniobras y visibilidad, y mejora primero la separación y organización del tráfico. Después selecciona el conjunto de alta visibilidad adecuado.
En una prueba observa que un abrigo cubre las bandas de la prenda elegida. Se revisa el conjunto para la época fría y se explican sus condiciones de uso. El chaleco no se considera una solución suficiente mientras quede oculto durante la actividad.
